Ley del ISSSTE 2026: la reforma y el décimo transitorio
La Ley del ISSSTE de 2007 y la reforma de 2025 explicadas en lenguaje claro: qué es el régimen del décimo transitorio, por qué baja la edad de jubilación y qué significa para tu retiro.
Actualizado: 23 de julio de 2026
La evolución de la ley: de 1983 a 2026
Para entender por qué hoy hay dos regímenes de pensión conviviendo, ayuda ver la línea del tiempo. La Ley del ISSSTE no es una sola: es una que se fue reformando, y cada versión dejó a un grupo de trabajadores con reglas distintas.
| Momento | Qué pasó | A quién marcó |
|---|---|---|
| Ley de 1983 | Régimen de reparto puro: el Estado pagaba las pensiones con las cuotas de los trabajadores en activo. La pensión se calculaba por sueldo y años de servicio. | Trabajadores que cotizaron bajo ese esquema. |
| Ley de 2007 | Creó las cuentas individuales (ahorro en AFORE) para el retiro. A los que ya cotizaban les dio a elegir: pasar al nuevo sistema o quedarse en reparto vía el décimo transitorio. | Nuevos trabajadores (cuentas) y los que ya estaban (opción). |
| Reforma 2025 | Publicada en el DOF el 24 de junio de 2025. Baja de forma gradual la edad de jubilación del décimo transitorio. | Trabajadores del régimen de reparto (décimo transitorio). |
La Ley del ISSSTE de 2007
La Ley del ISSSTE vigente se publicó el 31 de marzo de 2007 y sustituyó a la ley anterior, de 1983. Su cambio más profundo fue la creación del régimen de cuentas individuales: a partir de entonces, el ahorro para el retiro de los nuevos trabajadores del Estado se deposita en una cuenta a su nombre, administrada por una AFORE como PENSIONISSSTE, en lugar del viejo sistema de reparto solidario.
La ley regula mucho más que las pensiones: cubre el seguro de salud, los préstamos, la vivienda a través del FOVISSSTE, las prestaciones sociales y los servicios que recibes como derechohabiente. Es el marco que da sustento a cada trámite que haces ante el Instituto.
El artículo décimo transitorio
Cuando entró la ley de 2007, millones de trabajadores ya llevaban años cotizando bajo el esquema viejo. Para no perjudicarlos, la ley incluyó los artículos transitorios, y el más importante para las pensiones es el décimo transitorio.
Ese artículo permite que quienes ya cotizaban elijan quedarse en el régimen de reparto: su pensión no depende del saldo de una AFORE, sino del sueldo básico y de los años de servicio. Con 30 años de servicio (hombres) o 28 (mujeres) se alcanza el 100% del sueldo básico. Ese es el famoso Décimo Transitorio del que tanto se habla.
El propio artículo fijaba una tabla de edades mínimas para jubilarse que iba subiendo con los años. Justamente esa tabla es la que modificó la reforma de 2025.
La reforma del 24 de junio de 2025
El 24 de junio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma que baja la edad de jubilación del décimo transitorio de manera gradual. En términos simples: los trabajadores de ese régimen pueden retirarse antes de lo que marcaba la tabla original.
La reducción es progresiva y se aplica por periodos. Esta es la referencia general del descenso de edades:
| Periodo | Edad mínima (hombres) | Edad mínima (mujeres) |
|---|---|---|
| 2025 – 2027 | 58 años | 56 años |
| 2028 – 2029 | 57 años | 55 años |
| 2030 – 2031 | 56 años | 54 años |
| 2032 – 2034 | 55 años | 53 años |
Reparto vs. cuentas individuales: los dos regímenes
El corazón de la Ley de 2007 es que hoy conviven dos formas de calcular tu pensión. Saber en cuál estás es lo que determina cómo te afecta cada reforma. Esta es la diferencia esencial:
| Régimen de reparto (décimo transitorio) | Cuentas individuales (AFORE) | |
|---|---|---|
| Cómo se calcula | Por tu sueldo básico y tus años de servicio | Por el saldo ahorrado en tu cuenta |
| Quién paga | El Estado (esquema solidario) | Tu ahorro más rendimientos, vía una aseguradora o retiro programado |
| 100% del sueldo | 30 años de servicio (hombres) / 28 (mujeres) | Depende de cuánto acumules; no hay un tope de "sueldo" |
| A quién aplica | Quienes cotizaban antes de 2007 y eligieron quedarse | Nuevos trabajadores desde 2007 y quienes optaron por cambiarse |
| Qué mira la reforma 2025 | Baja la edad mínima de retiro | No cambia la edad; pesa el saldo acumulado |
| Dónde lo ves | Tu expediente / delegación | Estado de cuenta PENSIONISSSTE |
Qué derechos te garantiza la ley
La Ley del ISSSTE es mucho más que pensiones. Como derechohabiente —trabajador en activo, pensionado o familiar registrado— la ley te reconoce un conjunto de seguros y prestaciones. Estos son los principales:
- Seguro de salud: atención médica, hospitalaria, farmacéutica y de maternidad en las unidades del ISSSTE, sostenido por tu vigencia de derechos.
- Riesgos del trabajo: cobertura por accidentes o enfermedades derivados del empleo.
- Invalidez y vida: protección para ti y tus beneficiarios ante invalidez o fallecimiento.
- Retiro, cesantía y vejez: el derecho a una pensión, ya sea por el décimo transitorio o por tu cuenta individual.
- Préstamos: créditos personales y de otro tipo como prestación económica.
- Vivienda (FOVISSSTE): el derecho a un crédito hipotecario a través del Fondo de la Vivienda.
- Prestaciones sociales y culturales: velatorios, tiendas, turismo social, estancias infantiles, deporte y cultura.
Cada uno de estos derechos tiene sus propios requisitos y trámites, pero todos nacen del mismo marco: la ley que da sustento al Instituto.
¿Qué implica para ti?
Lo que la reforma cambia, en la práctica, es cuándo puedes retirarte si estás en el régimen del décimo transitorio:
- Si estás en el Décimo Transitorio (reparto): la baja de edad puede adelantar tu jubilación. Revisa en qué periodo caes y cuántos años de servicio llevas.
- Si estás en Cuentas Individuales (AFORE): tu retiro sigue dependiendo del saldo acumulado en PENSIONISSSTE u otra AFORE, no de esta tabla.
- En ambos casos: conviene calcular tu escenario con anticipación. Empieza por la guía de jubilación ISSSTE, que trae la tabla y una calculadora.
Si no sabes en qué régimen estás, es el primer dato que tienes que aclarar: cambia por completo cómo te afecta la ley. Puedes consultarlo en tu Oficina Virtual (SINAVID) o en tu delegación.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la ley que rige al ISSSTE?
¿Qué es el artículo décimo transitorio?
¿Qué cambió la reforma de 2025?
¿A quién afecta la reforma?
¿Cuál es la diferencia entre el régimen de reparto y las cuentas individuales?
¿Cómo sé en qué régimen estoy?
¿La reforma de 2025 cambió los años de servicio para el 100%?
¿Qué derechos me garantiza la Ley del ISSSTE?
¿Dónde consulto el texto oficial de la ley?
Ya sabes cómo hacerlo. Cuando estés listo, haz el trámite en el portal oficial del ISSSTE.