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Pensión ISSSTE 2026: tipos, regímenes y cómo tramitarla

Todo lo que necesitas saber sobre las pensiones del ISSSTE: qué tipos existen, en qué régimen estás, cómo se solicita y dónde consultas tu pago cada quincena. Con enlaces directos a los portales oficiales.

Actualizado: 23 de julio de 2026

Lo primero que tienes que saber La pensión que te corresponde depende del régimen en el que estás y de tus años de servicio. Antes de tramitar, verifica tu situación en la Oficina Virtual (SINAVID) o directamente en tu delegación del ISSSTE.

¿Qué es la pensión del ISSSTE?

La pensión del ISSSTE es la prestación económica que reciben, de forma mensual (pagada por quincenas), los trabajadores al servicio del Estado que cumplen los requisitos de retiro, así como sus familiares en caso de fallecimiento. Es administrada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y se rige por la Ley del ISSSTE.

No existe una sola pensión: hay varios tipos, y el que te corresponde depende de por qué te retiras (edad, antigüedad, salud) y de en qué régimen quedaste al momento de la reforma de 2007. Por eso, dos personas con la misma edad pueden tener pensiones muy distintas.

Los dos regímenes de pensión

La Ley del ISSSTE de 2007 dividió a los trabajadores en dos grandes grupos. Saber en cuál estás es el paso más importante:

  • Décimo Transitorio (reparto). Es para quienes ya cotizaban antes de 2007 y eligieron quedarse en el esquema anterior. La pensión se calcula con base en el sueldo básico y los años de servicio: con 30 años de servicio (hombres) o 28 (mujeres) se llega al 100% del sueldo básico. Aquí aplica la tabla de edades del artículo Décimo Transitorio.
  • Cuentas Individuales (AFORE). Es para quienes empezaron a cotizar desde 2007 o eligieron migrar. Tu pensión depende del ahorro acumulado en tu cuenta individual, administrada por una AFORE como PENSIONISSSTE. Al retirarte, ese saldo se convierte en una renta vitalicia o retiro programado.

Si no sabes en cuál estás, revisa tu bono de pensión, tu último estado de cuenta o consulta en tu delegación. Es un dato clave: cambia por completo cómo se calcula tu retiro.

Tipos de pensión del ISSSTE

Estos son los principales tipos que reconoce la Ley. En el régimen del Décimo Transitorio se llaman así; en Cuentas Individuales existen equivalentes que se financian con tu ahorro y, cuando falta, con la pensión garantizada.

Tipos de pensión del ISSSTE (cifras y requisitos de referencia; verifica en el portal oficial).
Tipo de pensiónA quién le correspondeRequisito general (referencia)
JubilaciónTrabajador con larga antigüedad que decide retirarse30 años de servicio (hombres) o 28 (mujeres); da el 100% del sueldo básico
Edad y tiempo de serviciosQuien combina cierta edad con años cotizados15 años de servicio y la edad que marque la tabla vigente
Cesantía en edad avanzadaQuien deja de trabajar a partir de los 60 añosAl menos 10 años de cotización
VejezQuien se retira a los 65 añosAl menos 25 años de cotización
InvalidezTrabajador que queda imposibilitado para laborarDictamen médico del ISSSTE y antigüedad mínima
ViudezCónyuge o concubino/a del trabajador o pensionado fallecidoAcreditar el vínculo y la dependencia económica
OrfandadHijos menores de edad o estudiantes del fallecidoHasta los 18 años, o 25 si estudian
AscendenciaPadres que dependían del trabajador fallecidoCuando no hay cónyuge ni hijos con derecho
Ojo con las cifras Las edades, porcentajes y años de servicio son de referencia y cambian según tu régimen y la tabla vigente tras la reforma de 2025. Confirma tu caso puntual con el ISSSTE antes de iniciar cualquier trámite.

Las pensiones por causa de muerte, en detalle

Cuando fallece un trabajador o pensionado, sus familiares con derecho pueden recibir una pensión derivada. Es una de las partes menos conocidas y más importantes:

  • Viudez. Le corresponde al cónyuge o al concubino/a que acredite el vínculo y, en el caso del concubinato, cierto tiempo de vida en común o hijos en común. Es vitalicia mientras no cambien las condiciones que la generan.
  • Orfandad. Para los hijos menores de 18 años; se extiende hasta los 25 años si están estudiando en un plantel del sistema educativo nacional, y no tiene límite de edad para hijos con una incapacidad que les impida mantenerse.
  • Ascendencia. Para los padres que dependían económicamente del trabajador o pensionado fallecido, cuando no hay cónyuge ni hijos con derecho a pensión.

Estas pensiones se reparten entre los beneficiarios con derecho según las reglas de la Ley. Para tramitarlas se suman al expediente las actas (matrimonio, nacimiento, defunción) y los comprobantes de dependencia económica.

Cómo se calcula el monto de tu pensión

El cálculo depende por completo de tu régimen:

  • Décimo Transitorio (reparto). Tu pensión es un porcentaje del promedio del sueldo básico de tu último año de servicio. Con 30 años cotizados (hombres) o 28 (mujeres) llegas al 100%. Con menos años, el porcentaje baja según las tablas de jubilación, edad y tiempo, o cesantía. El sueldo básico se topa a 10 UMA. Estima tu caso en la calculadora de jubilación.
  • Cuentas Individuales (AFORE). No hay porcentaje fijo: tu pensión sale del saldo acumulado en tu cuenta de PENSIONISSSTE (aportaciones + rendimientos + bono de pensión). Al retirarte, ese saldo se convierte en una renta vitalicia (una aseguradora te paga de por vida) o en un retiro programado. Si tu saldo no alcanza para un mínimo, aplica la pensión garantizada.

Por eso dos personas idénticas en edad y puesto pueden terminar con pensiones muy distintas: todo depende del régimen y, en Cuentas Individuales, de cuánto ahorro juntaste.

El Seguro de Separación Individualizado (SSI)

El SSI es un ahorro voluntario y aparte de la pensión, pensado para mandos medios y superiores de la Administración Pública Federal. Funciona como un complemento: tú aportas un porcentaje de tu sueldo, la dependencia pone una cantidad igual, y ese dinero se invierte hasta que te separas del cargo o te jubilas.

Es importante no confundirlo con tu pensión ni con tu AFORE: es una tercera bolsa. Cuando dejas el servicio, puedes retirar el saldo del SSI. Si tienes derecho a él, revisa tu contrato y estado de cuenta del SSI por separado, porque muchas personas olvidan reclamarlo al jubilarse.

Cómo se tramita la pensión

El trámite de pensión no se resuelve por completo en línea: implica reunir documentos y acudir a tu delegación o subdelegación del ISSSTE. A grandes rasgos, el proceso es este:

  1. 1

    Reúne tu documentación

    Identificación oficial, CURP, acta de nacimiento, hoja única de servicios, última hoja de percepciones y baja del trabajo. Para pensiones por muerte se suman actas y comprobantes de dependencia económica.

  2. 2

    Solicita la baja y la concesión

    La dependencia donde trabajabas tramita tu baja. Con ella, inicias la solicitud de concesión de pensión ante el ISSSTE.

  3. 3

    Presenta el trámite en tu delegación

    Acude con cita a la subdelegación que te corresponde. Ahí revisan tu expediente, calculan tu sueldo básico y determinan el tipo y monto de pensión.

  4. 4

    Espera la resolución

    El ISSSTE emite la concesión y te asigna un número de pensión. A partir de ahí quedas en nómina de pensionados.

  5. 5

    Consulta tu primer pago

    Con tu número de pensión y tu código de deudo vas a poder descargar tu talón y ver las fechas en el calendario.

Atajo digital Muchos pasos del expediente y la vigencia se gestionan desde la Oficina Virtual (SINAVID). Ahí puedes obtener constancias y consultar tu situación sin ir a la ventanilla.

Documentos que vas a necesitar

Reunir el expediente completo antes de la cita evita idas y vueltas. Los básicos para una pensión por retiro son:

  • Identificación oficial vigente (INE/IFE o pasaporte).
  • CURP y RFC.
  • Acta de nacimiento reciente.
  • Hoja única de servicios (la emite tu dependencia; concentra tu antigüedad cotizada).
  • Última hoja de percepciones o talón de sueldo.
  • Documento de baja del empleo.
  • Estado de cuenta bancario con tu CLABE para el depósito de la pensión.

Para las pensiones por causa de muerte se agregan: acta de defunción, actas que acrediten el vínculo (matrimonio o nacimiento de los hijos) y comprobantes de dependencia económica. Lleva originales y copias.

Qué hacer si te niegan la pensión

Una negativa o un monto menor al esperado no siempre es la última palabra. Pasos para reclamar:

  • Pide la resolución por escrito. El ISSSTE debe entregarte el documento con el motivo del rechazo o del cálculo. Sin él no puedes impugnar bien.
  • Revisa la causa. Lo más común es un problema de antigüedad mal contada (semanas o años que no se reflejaron) o documentos faltantes. Corrige tu hoja única de servicios con la dependencia y vuelve a presentar.
  • Aclaración administrativa. Presenta la corrección y las pruebas ante la misma subdelegación para que recalculen.
  • Recurso o juicio. Si mantienen la negativa y crees que hay derecho, puedes acudir al Tribunal Federal de Justicia Administrativa o buscar asesoría legal. Existe un plazo para impugnar, así que no lo dejes pasar.
  • Defensoría. La PROFEDET orienta gratis en materia laboral y de seguridad social.

Ya soy pensionado: ¿cómo consulto mi pago?

Una vez que estás en nómina de pensionados, la parte que vas a usar cada quincena es la consulta de tu pago. Todo se hace en línea:

Si estás en el régimen de Cuentas Individuales, además te conviene revisar tu ahorro en el estado de cuenta de PENSIONISSSTE.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipos de pensión otorga el ISSSTE?
Las principales son jubilación, pensión por edad y tiempo de servicios, cesantía en edad avanzada, vejez, invalidez, y las pensiones por causa de muerte (viudez, orfandad y ascendencia). El tipo que te corresponde depende de tu régimen y de tus años de servicio.
¿Cómo consulto el pago de mi pensión?
Con tu número de pensión y tu código de deudo puedes descargar el talón de pago en línea, y ver las fechas de depósito en el calendario de pago.
¿Cuál es la diferencia entre pensión ISSSTE y AFORE PENSIONISSSTE?
La pensión del ISSSTE es la prestación que paga el Instituto (por el régimen del Décimo Transitorio o por tu cuenta individual). PENSIONISSSTE es la AFORE que administra el ahorro para el retiro de quienes están en Cuentas Individuales. Consulta tu saldo en el estado de cuenta de PENSIONISSSTE.
¿La reforma de 2025 cambió la edad para jubilarse?
Sí. La reforma publicada en el DOF el 24 de junio de 2025 bajó la edad de jubilación del Décimo Transitorio de forma gradual. Los detalles y la tabla año por año están en la guía de jubilación ISSSTE.
¿Cómo se calcula el monto de mi pensión?
En el Décimo Transitorio es un porcentaje del promedio del sueldo básico de tu último año (100% con 30 años de servicio los hombres, 28 las mujeres). En Cuentas Individuales sale del saldo acumulado en tu AFORE, convertido en renta vitalicia o retiro programado.
¿Qué documentos necesito para tramitar la pensión?
Identificación oficial, CURP, RFC, acta de nacimiento, hoja única de servicios, última hoja de percepciones, documento de baja y tu CLABE bancaria. Para pensiones por muerte se suman actas de defunción y vínculo y comprobantes de dependencia económica.
¿Qué hago si me niegan la pensión?
Pide la resolución por escrito con el motivo, revisa si es un problema de antigüedad mal contada o documentos faltantes, presenta la aclaración y, si insisten, puedes impugnar ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La PROFEDET orienta gratis.
¿Hasta qué edad cobra la pensión de orfandad?
Hasta los 18 años, o hasta los 25 si el hijo estudia en un plantel del sistema educativo nacional. No tiene límite de edad para hijos con una incapacidad que les impida mantenerse.
¿Qué es el Seguro de Separación Individualizado (SSI)?
Es un ahorro voluntario y aparte de la pensión, para mandos medios y superiores: tú aportas un porcentaje del sueldo y la dependencia pone una cantidad igual. Se retira al separarte del cargo o jubilarte; es una tercera bolsa distinta de la pensión y de tu AFORE.
¿Listo para hacer tu trámite?

Ya sabes cómo hacerlo. Cuando estés listo, haz el trámite en el portal oficial del ISSSTE.

Portal oficial del ISSSTE
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