Jubilación en el ISSSTE: la nueva edad (2026) y calculadora
La reforma vigente baja la edad de jubilación del régimen Décimo Transitorio. Mira la nueva tabla, los años de servicio para el 100% y estima cuándo te puedes jubilar.
Actualizado: 23 de julio de 2026
Estimación de referencia para el régimen del Décimo Transitorio (reparto). No aplica a Cuentas Individuales (AFORE), donde la pensión depende de tu saldo. Verifica tu caso en el ISSSTE.
Nueva tabla de edad mínima de jubilación (Décimo Transitorio)
| Periodo | Hombres | Mujeres |
|---|---|---|
| 2025-2027 | 58 años | 56 años |
| 2028-2030 | 57 años | 55 años |
| 2031-2033 | 56 años | 54 años |
| 2034 en adelante | 55 años | 53 años |
Qué cambió exactamente con la reforma 2025-2026 (y por qué)
Durante años, la Ley del ISSSTE de 2007 incluía una tabla que hacía subir la edad de jubilación año con año hasta llegar a 60 (hombres) y 58 (mujeres). Mucha gente todavía ve esa tabla creciente en internet: quedó sin efecto.
El Decreto publicado en el DOF el 24 de junio de 2025 (con acuerdo del ISSSTE vigente desde el 30 de diciembre de 2025) hizo dos cosas:
- Detuvo el aumento programado de la edad mínima.
- Ordenó reducirla de forma gradual a partir de 2028: de 58/56 años en 2025-2027 baja escalonadamente hasta 55 (hombres) / 53 (mujeres) en 2034.
Por qué: el argumento oficial fue devolver condiciones de retiro más justas a los trabajadores del Estado del régimen de reparto, revirtiendo el endurecimiento que traía la tabla anterior. Lo que no cambió: se siguen necesitando 30 años de servicio (hombres) o 28 (mujeres) para el 100%, y la reforma aplica al Décimo Transitorio, no a Cuentas Individuales.
Los dos regímenes y cómo saber en cuál estás
- Décimo Transitorio (reparto): para quienes cotizaban antes del 1 de abril de 2007 y eligieron el beneficio definido. La pensión es un % del sueldo básico según edad y años de servicio (esta calculadora y las tablas de abajo).
- Cuentas Individuales (AFORE / PENSIONISSSTE): para quienes ingresaron desde 2007 o eligieron el bono. La pensión depende del saldo de tu AFORE. Consulta tu estado de cuenta PENSIONISSSTE.
¿En cuál estás? Pistas rápidas: si empezaste a cotizar al ISSSTE antes de abril de 2007 y en su momento no elegiste migrar al bono, casi seguro estás en Décimo Transitorio. Si ingresaste desde 2007 o firmaste la opción del bono, estás en Cuentas Individuales. Para confirmarlo sin dudas, revisa tu Bono de Pensión (si lo tienes, estás en Cuentas Individuales) o consulta tu situación en tu delegación del ISSSTE o en la Oficina Virtual (SINAVID). Es el dato que decide todo tu cálculo, así que vale la pena confirmarlo.
Las modalidades del Décimo Transitorio, en detalle
Dentro del régimen de reparto no hay una sola forma de retirarte. Estas son las cuatro principales, de la más generosa a la de "salida":
Jubilación (la del 100%)
Requisito: 30 años de servicio (hombres) o 28 (mujeres), más la edad mínima vigente. Monto: el 100% del promedio del sueldo básico de tu último año. Es la mejor opción si te alcanza la antigüedad.
Pensión por edad y tiempo de servicios
Requisito: al menos 15 años de servicio y 60 años de edad. Monto: un porcentaje que sube con los años cotizados, según esta tabla:
| Años de servicio | % del sueldo básico |
|---|---|
| 15 años | 50% |
| 16 años | 52.5% |
| 17 años | 55% |
| 18 años | 57.5% |
| 19 años | 60% |
| 20 años | 62.5% |
| 21 años | 65% |
| 22 años | 67.5% |
| 23 años | 70% |
| 24 años | 72.5% |
| 25 años | 75% |
| 26 años | 80% |
| 27 años | 85% |
| 28 años | 90% |
| 29 años | 95% |
Cesantía en edad avanzada y vejez
Cesantía en edad avanzada: para quien deja de trabajar a partir de los 60-65 años con al menos 10 años de cotización. Es una modalidad de "salida" cuando no alcanzaste los 30/28 años: el porcentaje es más bajo y crece con la edad a la que te retiras.
Vejez: a los 65 años con al menos 25 años de cotización. Da un porcentaje mayor que la cesantía por la antigüedad exigida.
Porcentajes de cesantía por edad (referencia):
| Edad al retirarte | % del sueldo básico |
|---|---|
| 65 años | 40% |
| 66 años | 42% |
| 67 años | 44% |
| 68 años | 46% |
| 69 años | 48% |
| 70 años | 50% |
El Bono de Pensión del ISSSTE
Cuando en 2007-2008 los trabajadores que ya cotizaban tuvieron que elegir entre quedarse en reparto (Décimo Transitorio) o pasarse a Cuentas Individuales, quienes migraron recibieron un Bono de Pensión: un título de deuda del Gobierno Federal que reconoce en dinero los años que ya habías cotizado bajo el régimen anterior.
Ese bono se deposita en tu AFORE y se hace efectivo el día que te pensionas, sumándose a tu saldo. Si estás en Cuentas Individuales, es una parte importante de tu pensión final: revisa que aparezca en tu estado de cuenta de PENSIONISSSTE. Si te quedaste en Décimo Transitorio, no tienes bono porque tu pensión se calcula directo por porcentaje.
La pensión garantizada
La pensión garantizada es el piso mínimo que el Estado asegura a quien está en Cuentas Individuales y cumple los requisitos de retiro, pero cuyo saldo de AFORE no alcanza para pagar ese mínimo. En ese caso, el Gobierno completa la diferencia hasta llegar al monto garantizado. De referencia, rondaba los $6,676.48 mensuales (se actualiza cada año con la inflación).
Es una red de seguridad importante: si tu ahorro fue bajo (por sueldos modestos o pocas aportaciones), no te quedas sin pensión. En el régimen del Décimo Transitorio no aplica igual, porque ahí la pensión ya es un porcentaje garantizado del sueldo básico.
Ejemplos de casos
- Mujer, 56 años, 28 de servicio (Décimo Transitorio). Cumple los 28 años y la edad mínima 2025-2027: se jubila al 100% del promedio de su sueldo básico.
- Hombre, 57 años, 30 de servicio. Ya tiene los 30 años, pero en 2025-2027 la edad mínima es 58: le falta un año de edad (y esa edad seguirá bajando en los próximos periodos).
- Persona de 61 años, 18 de servicio. No llega a los 30/28, pero con 60+ y 15+ años califica por edad y tiempo: recibe un porcentaje parcial según la tabla de arriba.
- Persona de 66 años, 12 de servicio. No alcanza jubilación ni vejez, pero con 65+ y 10+ años entra por cesantía en edad avanzada, con un porcentaje menor.
- Ingresó en 2015 (Cuentas Individuales). No usa estas tablas: su pensión saldrá del saldo de su AFORE convertido en renta vitalicia o retiro programado, más la pensión garantizada si no alcanza.
Prueba tu propio caso en la calculadora de arriba y confírmalo siempre con el ISSSTE.
Cómo iniciar el trámite de jubilación
- 1
Confirma tu régimen y antigüedad
Verifica si estás en Décimo Transitorio o Cuentas Individuales y revisa tu hoja única de servicios para que la antigüedad esté bien contada.
- 2
Reúne tus documentos
Identificación, CURP, RFC, acta de nacimiento, hoja única de servicios, última hoja de percepciones, baja del empleo y CLABE bancaria.
- 3
Tramita la baja
La dependencia donde trabajas procesa tu baja; con ella puedes iniciar la concesión de pensión.
- 4
Presenta la solicitud en tu delegación
Con cita, en la subdelegación que te corresponde. Ahí calculan tu sueldo básico y el monto. Muchos pasos se apoyan en la Oficina Virtual.
- 5
Recibe tu resolución
El ISSSTE emite la concesión y tu número de pensión; pasas a la nómina de pensionados. Después consultas tu talón y el calendario de pago.